DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida contra del joven adulto ARTURO ENRIQUE HERNANDEZ , actualmente de 24 años de edad, fecha de nacimiento , venezolano, natural de Maracaibo, hijo de ARTURO SEMPRUN Y AMANDA DEL LLANO RODRIGUEZ; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE CARÁCTER MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, cometido en perjuicio de ARNOLDO JOSÉ DE VOZ AYOLA, de conformidad con el articulo 561 literal "d" y el artículo 615 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el numeral 3 del artículo 318 y el ordinal 8 del artículo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial, y conforme al articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal se Extingue la Acción Penal, declara Cosa Juzgada, se ordena HACER CESAR la persecución policial del joven, y se ordena .....