Acto seguido la Jueza que acá actúa acepta como suficiente el monto caucionado por el representante de la sociedad mercantil demandada, mediante cheque de gerencia consignado y recibido en este acto, el cual comprende el monto decretado por el Tribunal de la causa, correspondiente al monto total de las facturas demandadas, más las cantidades por concepto de intereses moratorios, calculados a la rata del tres por ciento (3%) anual y la suma correspondiente a las costas procesales, calculadas prudencialmente por el Tribunal Comitente al veinticinco por ciento (25%) de la suma demandada, cantidades éstas que constan en copia fotostática simple del auto de admisión de fecha 30/06/2014, la cual fue consignada en este acto por la co-apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio Marisela Febres, anteriormente identificada, ordenándose agregar dicho fotostato a los autos. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 589 y 590 cardinal 4° del Código de Proced.....