Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Querella Interdictal de Despojo, intentada por el Abogado en ejercicio Juan Bautista Valero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.030, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Berta Elena Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.496.311, intentada contra la ciudadana Carmen Graciela Andueza Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.710.467.
SEGUNDO: Se condena a la parte querellante al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena notificar a la partes de.....