este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, por caducidad, la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros beneficios, interpuesta por la ciudadana DORIS MARGARITA MONTES DE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.839.977, por medio de su apoderado judicial abogado FÉLIX ANTONIO GÓMEZ CHACÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.410, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO OBISPOS DEL ESTADO BARINAS.