Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio de los ciudadanos: SERGIA ANTONIA MEZA SOLER y ANTONIO FLORENCIO ZAMUDIO LINARES, inscrita en los Libros de Registros civil llevados por la Alcaldía del Municipio Barinas, del Estado Barinas, en el año 1.962, bajo el N° 07, en el sentido de que el nombre correcto de la solicitante es SERGIA ANTONIA MEZA SOLER, titular de la cédula de identidad N° V-3.131.341 y el nombre correcto del cónyuge de la solicitante es ANTONIO FLORENCIO ZAMUDIO LINARES, titular de la cédula de identidad N° V- 2.493.686, y que el verdadero nombre del padre del cónyuge de la solicitante es JOSE YSABEL ZAMUDIO, En consecuencia y de conformidad con el Artículo 774 del Código de Pr.....