DECISIÓN
En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, según el articulo 185- Por Desafecto Marital, resolución 1070 del 09 de diciembre de 2016, del TSJ A, formulada por la ciudadana: BASTIDAS AVILES IRIS DEL CARMEN venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad N° V-14.381.764, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos en fecha dos (02) de noviembre del mil dos (2002) según consta en Copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 488, que corre inserta en los libros llevados por el Registro Civil de la Parroquia General Rafael Urdaneta, Municipio Valencia, Estado Carabobo.
SEGUN.....