PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria intentada por el ciudadano Jean Alfred Griman Márquez, contra el ciudadano Juan María Griman, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se condena al querellante al pago de las costas del presente juicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados de la presente decisión por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 701 ejusdem.