En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: DARWIN RAFAEL BARBOZA PUMAR, convino en fijar la OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de sus hijos, en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) mensuales, a partir de la presente fecha, más el pago de una cantidad igual adicional en el mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando éstos lo requieran; dichas cantidades de dinero las depositará en la cuenta de ahorro que se encuentra aperturada en el Banco Bicentenario de esta localidad a nombre de sus hijos.....