EJECÚTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. El adolescente fue sancionado en fecha 07 de Febrero de 2013, con la Medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal "f", en concordancia con el artículo 628, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Se determina que el adolescente, fue detenido en fecha 13 DE ENERO DE 2013, por lo que ha permanecido privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTICINCO (25) DIAS; que de la sanción han cumplido, hasta el día de hoy, VEINTICINCO (25) DIAS y así mismo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y CINCO (05) DIAS, también se establece que la sanción culminaría el 07 DE FEBRERO DE 2015; ahora bien a los fine.....