En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: AUDENCIO MEZA MOLINA, convino en aumentar la OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su hija, a la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 180,oo) mensuales, mas el pago de una cantidad igual adicional en los mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como, a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando ésta lo requiera; y dichas cantidades de dinero las seguiré depositando en la cuenta de ahorros del Banco Banfoandes la cual se encuentra aperturada para tal fin, a nombre de mi hija representada por su leg.....