Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional conjuntamente con suspensión de efectos interpuesta por la Sociedad de Comercio MAPFRE LA SEGURIDAD CA., DE SEGUROS, por intermedio de su apoderado judicial el abogado Jorge Enrique Rodríguez Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.971, contra la Coordinación Regional del Estado Barinas del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS).