este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE, por caducidad, la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano YOLMAN RIVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 16.793.953, por intermedio de su apoderada judicial, abogada MARY CORREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.013, contra el INSTITUTO REGIONAL DE DEPORTE BARINAS.