DECISION
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas de fecha 11 de Mayo de 2007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas de fecha 11 de Mayo de 2007.
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TERCERO: No se condena en costas del recurso a la parte demandante-apelante de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Remítase las presentes actuaciones al Juzgado de origen a los.....