Se ordena librar la respectiva ORDEN DE ALLANAMIENTO Y APREHENSION, para ser practicada en las residencia ubicada en la: Barrio El Museo, Av. 69-A, la casa Nº 105-62, Maracaibo, Estado Zulia, y la aprehensión de JOSE ANTONIO PEREIRA, quien es venezolano de 38 años de edad, cedula de identidad 7.831.305,, a fin de ser realizadas por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub delegacion San Francisco a objeto de recabar evidencias de interés tal como se indica en la solicitud.-. Líbrese la respectiva Orden de Allanamiento y con oficio entréguese al representante fiscal solicitante. Regístrese y publíquese la presente decisión.-