En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de CONTROL Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado LARRY ANDERSON GAMEZ CAMACHO por la comisión del delito de ROBO GENERICO previsto en el artículo 455 del Código Penal , perpetrado en perjuicio de Maive Coromoto Espinosa Rangel y Rafael Albizo Bastidas a cumplir la pena de de SEIS AÑOS DE PRISIÓN . De igual forma cumplirá las penas accesorias contenidas en el Artículo 16 del Código Penal. Provisionalmente el cumplimiento de la pena finalizará el día 19 de Julio de 2013. Se mantiene la medida privativa de libertad que le fuere dictada en su oportunidad hasta tanto el Juez de Ejecución que le corresponda conocer decida lo pertinente