En mérito de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de reconocimiento de comunidad concubinaria y consiguiente partición de los bienes que la conforman por la ciudadana María Lucila Cardona contra el ciudadano Jesús María Sosa, ya identificados.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, por dictarse fuera del lapso legal para ello.
TERCERO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.