PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fechas 25-10-07 y 02-11-07, por los ciudadanos MILAGRO YUBIRY ORTEGA GARCÍA Y FÉLIX MOISÉS ROSALES, abogados en ejercicio, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 9.384.530 y 8.364.906, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 36.808 y 28.075, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de PROTINAL C.A., debidamente constituida en la ciudad de Valencia, en el Registro de comercio que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 07 de Septiembre de 1950, bajo el Nº 242, estableciendo de manera posterior a la ciudad de Valencia como domicilio único, mediante un acto registral de fecha 15 de mayo de 1996, realizando ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quedando anotado bajo el Nº 2, Tomo 54-A. contra la sentencia dictada pro el juzgado de Primera Instancia del .....