PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto en fecha en fecha 08 de enero del año en curso, por la co-apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio Carmen V Hidalgo, en la demanda de Desalojo, intentada por las ciudadanas Carmen Carlina Vidal Gavidia de Sandoval, Dora Esperanza Vidal Gavidia y Amparo Vidal Gavidia viuda de Guedez, contra el ciudadano Ghassan Al Matni Ali Hani, y la firma mercantil Fashion Time C.A., ya identificados.
SEGUNDO: Se confirma el Auto dictado en fecha 20 de diciembre de 2006, por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Se condena en costas, a la parte demandante de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el Artículo 893 ejusdem.