Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JESUS CLARET GONZALEZ ESQUERRA y GREGORIA DEL CARMEN ARAQUE LOPEZ; ya identificados, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 03 de diciembre de 1.984, por ante el Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio N° 04, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los cinco (05) días del mes de mar.....