este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: REVOCADA la decisión de fecha 05 de diciembre de 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana SANDRA BEATRIZ VAILATI DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.322.045, por intermedio de su apoderado judicial Abogado Antonio Miguel Cabalar Piña, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.208, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ELECTRICIDAD LOS ANDES (CADELA).