SE DECLARO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la recurrente Abogada ALIX CONTRERAS, en su carácter de defensa privada de la penada Hilaria Cleotilde López Valenzuela, contra el auto dictado en fecha 18-03-2011 por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal, mediante el cual NIEGA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO, a la penada de autos. En consecuencia, queda CONFIRMADA la referida decisión; todo ello, con fundamento a lo previsto en los artículos 450 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.