este Tribunal ADMITE la sustanciación de la medida cautelar de protección agroalimentaria, en cuanto lugar en derecho se refiere por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley y a los fines de verificar los hechos en que la fundamentan; Se ordena la realización de la inspección judicial la cual se llevara a cabo; a las 10:00 am del día jueves 11 de Mayo de 2017; En los predios, ubicados en el sector Palma Sola, Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas del Estado Barinas