siendo que al presente asunto le ha correspondido su ejecución a un tribunal especializado en materia agraria, se ordena la realización de una inspección con el fin de verificar in situ la existencia de elementos relacionados con la seguridad agroalimentaria, la biodiversidad y la protección del medio ambiente tutelados por los artículos 305 y 306 de la nueva constitución, a cuyo efecto se fija el quinto (5º) día de despacho siguiente. Una vez conste lo anterior, el tribunal proveerá lo conducente.