En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado LUIS ELAUTERIO DURAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.686.185, nacido el 10-09-79, de 30 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Gregoria Duran (V) y de Elauterio Montaña (V), residenciado en Sabaneta Poblado I, calle Sucre con Páez, casa de color verde, al lado de la bodega el Carmen, Sabaneta estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica, Acoso u Hostigamiento y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39, 40, 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a Una .....