Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano Pier Rodolfo Pirela Escalona, titular de la cédula de identidad Nº V-12.199.822, por intermedio de sus apoderados judiciales abogados Ángel Orlando Aponte Zapata y José Cupertino Córdova Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 96.952 y 101.204, en su orden, contra la Gobernación del Estado Barinas, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
LA JUEZA PROVISORIA,
FDO.
MAIGE RAMÍREZ PARRA
LA SECRETARIA,
FDO.
GREISY OLIDAY MEJÍAS.
MRP/gm
Exp. Nº 8650-2011.-