Habida cuenta de lo anterior este Tribunal de Juicio N° 1 administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley PRIMERO: Revoca la medida cautelar al cual el acusado HITZER EDUARDO TORO FERRER, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.968.917, obrero, nacido el 03/07/1984, hijo de Eufremina Ferrer (v) y José Tomás Toro (V), residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, Manzana D, vereda 17, casa Nº 18, al lado izquierdo del INOS teléfono 0273-5049832, Barinas estado Barinas. SEGUNDO: Se acuerda librar orden de aprehensión en contra del acusado HITZER EDUARDO TORO FERRER, por cuanto se evidencia una conducta contumaz al no asistir a los diferentes actos del proceso. TERCERO: Se acuerdan las copias solicitadas. CUARTO: QUEDAN LAS PARTES PRESENTES NOTIFICADAS QUE LA PRESENTE ACTA FUNGE COMO AUTO FUNDADO de conformidad con el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman siendo las 09.....