Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la prescripción de la acción penal y en consecuencia decreta el sobreseimiento de la causa, a favor de FRASIER DAVID BALZA PAREDES (sin mas datos), por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de EMMA ROSA ALTUVE, Venezolana, portadora de la cédula de identidad V-10.560.577, residenciada en Urb. Ciudad Universitaria, Calle Nº 02, Casa Nº 17 Estado Barinas; de conformidad con lo señalado en el artículo 300.3, en concordancia, con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesa.....