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Decisiones del dia 05/10/2007 |
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N° Expediente :
EP01-P-2007-001513
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N° Sentencia :
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Fecha: 05/10/2007 |
Procedimiento: Cómputo De Pena Sin Detenido |
Partes: JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02 ABG. MIGUEL ANGEL VIDAL PINZÓN, FISCALIA DÉCIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚVLICO, PENADO JONNY GREGORIO CARVAJAL HERRERA |
Resumen:
El Penado: JONNY GREGORIO CARVAJAL HERRERA fue detenido preventivamente en fecha: 16-02-2007 y en fecha: 18-02-2007 le fue otorgada medida cautelar sustitutiva a la privación de la libertad, por el Tribunal de Control N° 04 del Circuito judicial Penal, permaneciendo detenido por el lapso de DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS DE PRISIÓN; evidenciándose de las actas que el mismo no se encuentra detenido en consecuencia, notifíquese a la Fiscal de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de este Estado, al Penado y a su Defensor, para que en un plazo de Treinta (30) días contados a partir de la fecha de notificación, solicite el beneficio correspondiente por ante este Tribunal de Ejecución (Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal). En el caso de no hacerlo se ordenará su captura y su rec.....
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Juez/Ponente:
Miguel Angel Vidal Pinzon
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente :
EP11-L-2007-000310
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N° Sentencia :
016-10
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Fecha: 05/10/2007 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: JESUS ANTONIO ZAMBRANO VARELA VS. TRANSPORTE MEFERCA., |
Resumen:
Ahora bien de una revisión del escrito de corrección presentado se puede evidenciar que el mismo no cumple con los requisitos del artículo 123, numeral 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que dicha corrección presentada no se ajusta al pedimento hecho por el despacho saneador dictado a tal efecto, por este Juzgado.
En la corrección presentada, se puede observar que el demandante no subsano en los términos indicados en el despacho saneador dictado, simplemente se limito a transcribir textualmente lo concerniente al salario y a la prestación de antigüedad, no haciendo la respectiva discriminación de las acreditaciones correspondientes (5 días x mes), y sin la indicación del salario utilizado mes a mes, siendo la indicación del salario indispensable, a los fines de poder determinar la cuantificación de cada uno de los conceptos reclamados con ocasión de la prestación del servicio, volviéndolo a presentar de manera genérica-
Siendo así las cosas, se infiere que el auto d.....
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Juez/Ponente:
Ruthbelia Paredes
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
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