Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus AMADEO DE JESUS BRICEÑO MATERANO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.521.495, fallecido ab-intestato el día diecinueve (19) de Julio del año 2010, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ciudadanos MARICRUZ BRICEÑO LUCENA, MAYLE JOSEFINA BRICEÑO DE VILLASMIL, y RICHARD JOSE BRICEÑO LUCENA y a la esposa ciudadana MARIA ANDREA LUCENA VIUDA DE BRICEÑO, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.