UNICO
Vista la solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público, este Tribunal paso de seguidas a analizar las actuaciones presentadas, observando que, lo unico que existe es un Ata Policial, la cual refleja la actuación de los funcionarios quienes a todas luces se basaron en una presuncion inaceptable de sospecha con respecto a estos ciudadanos, no existiendo en consecuencia, tal como lo ha manifestado la representación fiscal, ningun hecho que encuadre en tipo penal alguno, por lo cual se ha desmentido la comisión de un delito y tanto menos de un delito flagrante pues no hay evidencia ello y ya que no existen otros elementos salvo el Acta Policial ya aludida, que hagan presumir la existencia de algún hecho delictual, por lo cual no es procedente en consecuencia calificar la aprehensión de los ciudadanos JIOVER JESUS MARTOS ALVAREZ, RICHARD JOSE PINEDA Y FABIAN ALEXANDER FERNANDEZ GONZALEZ, como flagrante. Así mismo, considera procedente, con la anuencia de todas las partes, d.....