PRIMERO: Se declara competente para conocer de la Acción de TERCERIA, intentado por el ciudadano JOSE RAMON BOLAÑOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.749.902, de profesión comerciante domiciliado en la Ciudad de Barinas, Estado Barinas; en contra de EDUARDO RAMIREZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 895.165, domiciliado en esta Ciudad de Barinas, en representación de los ciudadanos AIDA ACOSTA ORTIZ DE RAMIREZ, RODOLFO ACOSTA ORTIZ, RAFAELA ACOSTA ORTIZ Y ELSA ACOSTA ORTIZ, en la persona de su Apoderado Dr. RENE RAMIREZ CONTRERAS, así como también a PEDRO VALDERRAMA ORTIZ, en representación de los sucesores de EMERITA ORTIZ DE VALDERRAMA, a la Dra. ODILIA TRASPUESTO DELGADO, en representación de los sucesores de LINO TRASPUESTO ORTIZ Y ARTURO CANALES en representación de sus propios derechos.
SEGUNDO: SE DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA ACCION por pérdida de interés procesal y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCES.....