En mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos: JHOAN ANSELMO BRICEÑO DABOÍN Y YISELA LEONILDE CASTRO LOZANO, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ante La Prefectura de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, en fecha 03 de abril de 2009, según se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio N° 4, cursante al folio dos (02) de este expediente.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley.