por tal virtud, por constituir esta medida un acto de materialización de la actividad propiamente del procedimiento y necesario a la prosecución del mismo, es que este Tribunal, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL AMPARO EN LA POSESIÓN EN FAVOR DEL CIUDADANO: ROGEL BARRIOS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.122.029, representado para este acto y fines legales consiguientes por los Apoderados Judiciales, ciudadanos ELISEO GRAMCKO Y MANUEL MATUTE RODRÍGUEZ,