DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los Abgs. Roberto Zambrano, Rafael Alberto Sánchez Contreras y Luis Horacio Lobo Contreras, en su condición de defensores privados, contra la decisión dictada en fecha 07.12.06, por el Tribunal 6° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, consistente en detención domiciliaria del imputado: Mario José Jiménez Franco. Todo de conformidad con lo dispuesto en el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias de esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estad.....