En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer el presente Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, conjuntamente con Medida Cautelar de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: se declara INADMISIBLE el Recurso de Nulidad del Acto Administrativo Agrario e INADMISIBLE la Medida Cautelar de Amparo Constitucional, interpuesto por la abogada Susana Yackeline Gamboa Sandoval, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.080.742, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.267, actuando en su condición de Apoderada Judicial de los ciudadanos Vianney Niño Barrera, Luz Yaneth Díaz Niño y Andrés Díaz Niño, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-22.660.329, .....