declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con medida de amparo cautelar interpuesto por el abogado Otto Ricardo Malpica Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 184. 498 actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CORA ANDREINA PEÑA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.560.147, contra la Comisión Estadal de Posgrado en el Área de la Salud Barinas (CEPAS) del Hospital Dr. Luis Razetti, adcrita a la Dirección Regional de Salud Barinas.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en Barinas, a los seis (06) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MORALBA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
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