Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con competencia en el régimen procesal transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de TUTELA, interpuesta por la ciudadana MAGLIT JOSEFINA ROSILLO INFANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-10.085.260, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a favor del niño Se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA.
• SE DESIGNAN A LOS SIGUIENTES CIUDADANOS COMO: TUTORA: MAGLIT JOSEFINA ROSILLO INFANTE, PROTUTOR: JAIRO RAMON ROSILLO INFANTE, SUPLENTE DE LA PROTUTOR: LUCILA RAMONA INFANTE DE ROSILLO, y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA: LUS MARINA LOPEZ ROSILLO, JOSE GREGORIO ROSILLO INFANTE, .....