En mérito de los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano José Guillermo Valeta Viloria, titular de la cédula de identidad Nº 10.561.824, en su carácter de Presidente de la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito "LA PREGONERA", asistido por el abogado Jesús Alexander Useche Duque, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.074, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BARINAS.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de la Providencia Administrativa Nº 175-04, de fecha 10 de agosto de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas.