Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derechos plasmados anteriormente, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y COBRO DE BOLIVARES ejercida por la ciudadana MARIA PETIT, en contra de la sociedad mercantil C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL, identificados plenamente en actas, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva del presente fallo, y en consecuencia;
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 14.919.500,oo) siendo el pago total de la cobertura asumida, que, aplicando la reconversión monetaria de fecha 20 de agosto de 2018 y la reconversión reciente de fecha 1 de octubre de 202.....