Este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formal y preventivamente embargados los bienes anteriormente señalados por el apoderado judicial de la parte actora y valorados por el perito. En este estado el apoderado actor expuso: Solicito se dejen los bienes embargados bajo la guarda y custodia de la tercera opositora ciudadana Sonia Inés Correa González, en virtud que para retirar los bienes del inmueble, el mismo puede causar deterioros, quien estando presente previa aceptación del cargo, se le tomo el juramento de Ley, manifestando recibir los mismos en buen estado de funcionamiento, a excepción del enfriador el cual no se encuentra funcionando, para la guarda y custodia de los mismos, cumpliendo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley sobre Depósito Judicial, y ofrezco pagar por el uso de dichos bienes la can.....