A los efectos de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; este Tribunal de Ejecución Ordena: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal en perjuicio de Nelson Yoel Morales Sagazo, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literales “b” y “d” en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida del adolescente, se obliga a cumplir con las siguientes normas: 1. Prohibición de acercarse a la víctima Nelson Tonel Morales Sayago, 2. Obligación de consignar constancia de trabajo.....