SE ACUERDA
DECLINAR LA COMPETENCIA EN RAZÓN DEL TERRITORIO AL TRIBUNAL
DISTRIBUIDOR DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para conocer en lo
sucesivo el presente asunto para lo cual expídanse copias certificadas de todo el
expediente, corriendo dicho importe a cargo de la diligenciante luego de lo cual
remítanse las presentes actuaciones con oficio al Tribunal declinado. Déjese
transcurrir el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil a los
fines de la solicitud de regulación de la competencia. Diarícese y cúmplase. Siguen
firmas ilegibles de la Juez de Primera de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria. En la misma fecha se
libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria.
Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Ju.....