D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA del ciudadano: ELEAZAR TIMOTEO JIMENEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-5.362.497.-
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda propuesta por los Abogados en Ejercicio: HERNÁN ENRIQUE SIMO DUGARTE y NOEL ANGEL MORONTA TORREYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N°sV-17.377.002 y V-16.513.994, respectivamente, Inscritos en el inpreabogado bajo los Nros° 133.506 y 128.727, en su orden, quienes actúan en este acto como Apoderados Judiciales del ciudadano: Ángel Eduardo Bastidas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-890.511, tal y como .....