Este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se acuerda el Enjuiciamiento de los Acusados GILBER JOSÉ DURÁN FERNÁNDEZ; de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3, 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en el artículo 174 del Código Penal, en perjuicio de Oswaldo Pimentel y Benedicto López y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto sancionado en el Artículo 5 en concordancia con el Artículo 6, Numerales 1,2,3,5 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de José Celestino Rosales, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, DETENTACIÓN ILICITA DE MUNICIONES, prevista y sancionada en el Artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos y RESISTENCIA AGRAVADA A LA AUTORIDAD, previsto y s.....