Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el citado Artículo 785, declara concluida la partición que se desprende del Informe, consignado el día 02 de Junio de 2014, por el Partidor designado por este Órgano Jurisdiccional, ciudadano José Antonio Dupuy, ya identificado, con ocasión al juicio de Partición y Liquidación de la Comunidad Ordinaria, incoado por el ciudadano CARLOS LUIS AÑEZ ANTÚNEZ contra la ciudadana MARIANELA ANAIDA AÑEZ ANTÚNEZ, todos ya identificados, el cual se da por reproducido en la presente resolución, quedando de esta forma definitivamente extinguida la COMUNIDAD HEREDITARIA que existió entre los mencionados ciudadanos, de la siguiente forma: A) Activo: la cantidad de Dos Millones Ochocientos dieciséis Mil Cientos Sesenta y cuatro Bolívares con Sesen.....