EL TRIBUNAL OBSERVA:
Fue consignada Partida de Nacimiento Original del niño: LUIS EDUARDO PAREDES RIVERO, en donde se evidencia que es hijo de los Ciudadanos: MARÍA DEL CARMEN RIVERO y LUIS ENRIQUE PAREDES, que nació el día 01-03-2.011 y que tiene Un (01) año y Siete (07) meses de edad.-
Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante éste Tribunal, en que el segundo de los nombrados pasaría las siguientes Cantidades como Fijación de Obligación de manutención, a favor de su hijo antes mencionado:
PRIMERO: Se comprometió a pasarle a su hijo como Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) MENSUALES, a partir del presente mes de Noviembre del corriente año, los cuales entregará de manera personal a la madre de su hijo antes mencionada y la misma firmará un recibo de pago con su puño y letra".-
SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año en el mes de Diciembre, para cubrir los gastos de Estr.....