En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR, La demanda de Nulidad de Documento de Contrato de Obra o Finiquito de Obra. Nulidad Absoluta por Simulación y por contravención a la Ley y vicios en la Causa del Contrato de Obra, sobre el Documento inscrito ante el Registro Público del Municipio Bolívar del estado Barinas, en fecha 15 de febrero del 2002, bajo el Nro. 44; Folios Ciento Treinta y Ciento Treinta y Uno; Protocolo Primero; Principal y Duplicado; Primer Trimestre del año 2002, interpuesta por el ciudadano. Pedro Pablo Márquez, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.260.400, en contra de los ciudadanos Eleazar del Valle Guzmán, María Alcira Márquez de Labrador, Hermin.....