D I S P O S I T I V A:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario yEjecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: con lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 24de Octubrede 2.014, por la Ciudadana:Mariela Pacheco Salas, y en consecuencia, fija prudencialmente la cantidad deTRES MIL BOLIVARES (Bs 3.000,oo) Mensuales, que se ordenan cancelar a partir del mes de Enero del año 2.015, en beneficio de sus hijos: José Gregorio y Valeria Elizabeth Jiménez Pachecoy las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,oo); y Diciembre de cada añ.....