Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado por la abogada MARIA VICTORIA CLEMENTE en su condición de apoderada judicial del Condominio Residencias Puertas del Sol contra el ciudadano ELISEO ORDOÑEZ, identificados en autos.
En relación a la solicitud de suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, el Tribunal se abstiene de pronunciarse por cuanto la medida no fue decretada.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los siete días .....