Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Opción a Compra, interpuesta por la ciudadana María Margarita Ramírez Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.616.879, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Robert Quintero Valero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.732, contra la empresa mercantil "Ingeniería y Construcciones Caribe, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, bajo el Nº 21, Tomo 14-A, del año 1.997, representada por su Director-Gerente, ciudadano Miguel Ángel Lugo Domínguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.....